Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos: NARCELYS MARIA FERNÁNDEZ GUZMÁN y JORDY WUILL MORILLO MACHADO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.156.909 y V-12.151.102, respectivamente y de este domicilio, en consecuencia de ello: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Acta de Matrimonio Civil, inserta en la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 19 de Septiembre de 1.995, bajo el acta N° 298, Libro 01, Tomo 02, folios 457 al 459, la cual riela en autos del.....