Este Tribunal mediante auto: Con fundamento en una justicia idónea tal como lo dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se acuerda que la ciudadana peticionante consigne ante este Juzgado, el carnet de circulación del mencionado vehículo y la factura correspondiente a la adquisición del mismo, así como fotocopia de su cédula, al menor tiempo posible. Librese lo conducente.-