Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano SANTO JOSE GIL, de cedula de identidad V-11.006.534, (occiso) y y LUIS BELTRAN GIL, titular de la cedula de identidad Nº 14.170.220 por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga en perjuicio del ESTADO VEENZOLANO, por haber operado la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 1° del artículo 49 y encabezamiento del 301 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-