Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO en la causa seguida contra la ciudadana RATZEL NACARI FIGUERA PEREZ, Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 35 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u Oficio Administradora, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.616.449 y residenciada en el Conjunto Residencial Bello Campo, Conjunto Aguasay N° E-8.03 Tipuro Maturín Estrado Monagas, Twelefonos 0291-7729220 y 0414-097.92.96, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 320 y 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia a ello de ordena el cese de cualquier medida de coerción que recaiga sobre la indicada ciudadana, de conformidad con lo previsto en el articulo 319 del Código.....