Se fundamenta decisión dictada donde se decretó LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a la ciudadana FRANCYS ROXANA GIL SOLORZANO, titualr de la Cédula de Identidad N° V-20.248.749, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo previsto en el Artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo deonformidad con lo previsto en el Artículo 44 Ejusdem, se leimpuso de las siguientes condiciones: 1.- Residir en un lugar determinado; 2.- Prohibición de acercarse a la victima 3.- Someterse a las Condiciones que imponga el Delegado de Prueba, para lo cual deberá comparecer por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, por cuanto el Régimen de prueba estará sujeto a control y vigilancia por parte del Delegado de Prueba que se le designe, debiendo este cumplirlas por un lapso de CUATRO (04) MESES.