V
DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos VICTOR HUGO OPAZO CARRASCO Y VIOLETA ALICIA VERDUGO CARTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V- 11.324.821 y V-11.774.056 y de este domicilio EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 06 de Septiembre de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil de Portezuelo, República de Chile, y debidamente registrado por ante la Oficina del Registro Civil de Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas con el número 113, de fecha 21 de Octubre del año 2009.
Por cuanto l.....