ÚNICO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho JORGE RAMIREZ GUIJARRO, JOSÉ MELENDEZ MARTINEZ y JAIME BRACHO AGULAR, actuando con el carácter de defensores privados de los ciudadanos YANEIRA BRAVO SILVA, JOSÉ VILLALOBOS MORAN, JOSÉ RAMOS RINCÓN y ENNY MEDINA MEDINA, plenamente identificados en actas, dirigido a impugnar la decisión N° 589-19 de fecha 17 de Diciembre de 2019, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, emitida con ocasión a la celebración del Acto de Audiencia Preliminar. El presente falo se dictó conforme a lo dispuesto en el articulo 428 literal "c" y el encabezamiento del artículo 442, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los razonamientos expuestos en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, parcialmente transcritos ut supra.