En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por el ciudadano: Ernesto Javier Luna González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.722.319 y de este domicilio, asistido por los abogados Oswaldo Alejandro Gaetano y José Zapata, inscrito en el INPREABOGADO bajo los números 75.224 y 159.502 de este domicilio.
- SEGUNDO: En consecuencia se decreta la Medida de Prohibición de Enajenar sobre: vivienda ubicada en la Urbanización TIPURO II, en la calle 5, casa N° A-5, sector Villa Real, Parroquia Boquerón, Maturín Estado Monagas, el referido inmueble se encuentra protocolizado en la oficina Subalterna de Registro y la misma se encuentra edificada en una superficie de.....