En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, declara: Primero: CONDENA al ciudadano PEDRO JOSE FIGUERA BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 14.859.654, Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 24/08/77, de 32 años de edad, con segundo año, Estado Civil: Soltero, hijo de EUDIS BRITO (V) y de PEDRO FIGUERA (V), domiciliado en la calle principal sector morichal casa numero 23 a 100 metros de la pasarela Maturín Estado Monagas; a cumplir la pena de a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION , más las penas accesorias de ley, delito éste que tiene una pena de UNO (01) A DOS (02) AÑOS DE PRISION, y tomando la pena a su limite inferior, la misma quedaría en SEIS (06) MESES DE PRISION, de con.....