Analizados los hechos alegados por las partes, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio Ordinario incoada por el ciudadano CARMEN ROSMIRA ATUESTA VARGAS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.136.248, en contra de la ciudadana JOEL JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.720.145; de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en sus ordinales 2° y 3°; en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió en fecha 13/10/1990, en el entendido que el divorcio no anuncia el fin de la familia; puesto que aunque los padres se han disuelto su condició.....