Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO Y URACOA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCION ORDINARIA DE LA INSTANCIA, tal como ésta contemplado en el Código de Procedimiento Civil en su artículo 267 Ordinal 1º en la causa presentada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO ROJAS HURTADO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, domiciliado en la población de Temblador, Municipio Libertador Estado Monagas, titular de la cédula de Identidad Nº 16.214.686, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 132.337, actuando en este acto como Apoderado Judicial del ciudadano: JHAN FRANS GARCIA RIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.403.931; mediante la cual demanda por RESOLUCION DE CONTRATO y pago de las cantidades de dinero adeudadas, a la ASOCIACION COOP.....