Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el retiro de los cheques aquí consignados, por los trabajadores. Cúmplase.-
Siendo las 9:50 AM. Se dio por terminada la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL LAS PARTES COMPARECIENTES
EL JUEZ TEMPORAL, LAS PARTES COMPARECIENTES
Abg. RAMON VELASQUEZ
LA SECRETARIA,
EXP: NP11-L-2006-1483
RV/rv