PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación incoado por la parte demandante recurrente; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y TERCERO: declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda incoada por el Ciudadanos GUILLERMO JOSE LUNA ABREU, contra la empresa MULTISERVICIOS TOP-REVERT, C.A. y solidariamente la empresa demandada PETREX, S.A.. identificados en autos, en consecuencia, se ordena el pago de la cantidad de TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.32.228,39) por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales; y la cantidad de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs.32.700,00) por concepto de Tarjeta Electrónica de Alimentación. En cuanto a la indexación e intereses de mora, se procederá conforme a lo expuesto en la motiva de la presente decisión.