PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada.
SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada el 30 de junio de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se repone la causa al estado de que se fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar y se ordena la redistribución de la causa, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de que conozca otro Juzgado de igual competencia.