Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: CONDENA al ciudadano GABRIEL JOSE GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.312.619, Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 14/04/1989, de 21 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: HILDA GUERRA (V) y de DAMIAN BRITO (V), domiciliado en la Calle 5B, Casa Nro. 25, del Sector la Manga, a una cuadra la Farmacia La Manga, de la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION; la cual se origina de lo siguiente: el ilícito penal de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, en su parte infine del Articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, contempla una pena de Seis a Ocho años de Prisión; la cual a.....