Este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; CONDENA, a los ciudadanos Acusados: LUÍS EDUARDO DOMÍNGUEZ GARCÍA, ÁNGEL DE JESÚS BERENGUEL, y JESÚS RAMÓN JIMÉNEZ ARANGUREN, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley, por comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el Artículo 274 del Código Penal y PECULADO DE USO previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad. El presente juicio se desarrollo en una audiencia donde se cumplieron totalmente de manera oral y Pública, con la preservación de los derechos y garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-