DECRETA PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, por cumplimiento del plazo de suspensión condicional del proceso, de conformidad con el artículo 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 49.7 eiusdem, en virtud que se ha verificado, el cumplimiento del Beneficio de Suspensión Condicional del Proceso a los ciudadanos: WILLIAM JOSE REYES CUELLO y REYES ROJAS HECTOR JOSE; plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Considera este Tribunal que ha sobrevenido de conformidad con el Artículo 361, 49 ordinal 7°, 300 ordinal 3° y 301 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta el Sobreseimiento de la Causa, en el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjurio del ciudadano JIMMY ALEXANDER RODRIGUEZ. En consecuencia este Tribunal Ordena el Cese de Cualquier Medida Cautelar que pese en su contra, todo de conformidad con el articulo 301 del Códig.....