ABSUELVE, al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literales "b" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito OCULTAMIENTO ILICITO CON FINES DE TRASPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas . SEGUNDO: Se ORDENA la Cesación de la Medidas Cautelares impuestas con anterioridad. TERCERO: Se deja constancia que la celebración de las audiencias que conformaron la realización del debate se realizaron en dos audiencias y se cumplieron totalmente de manera oral y privada con apego a los principios y garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para las personas en general y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para las personas en desarrollo, así como los tratados, convenios y acuerdos internacion.....