En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y  por  Autoridad  de  la  Ley  imparte  su  aprobación, homologación  y ordena tenerlo como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Quedando en trámite y fase de mediación la presente causa contentiva de su reclamo, solo en lo que respecta al beneficio de alimentación, suficientemente explanado en el escrito libelar