En consecuencia, visto el escrito presentado por las partes, dándole estricto acatamiento a lo dispuesto en el Artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo respectivamente, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, imparte su aprobación, homologa la transacción presentada por ambas partes y ordena tenerla como sentencia basada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se acuerda expedir copias certificadas de la presente homologación.
La Jueza Suplente,
Abg. Patricia Arostegui Orozco.
El Secretaria(o)
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