DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha treinta (30) de marzo de 2015, por los ciudadanos: MERY COROMOTO CARDOZO SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.467.800, domiciliada en la calle Carabobo, sector El Caño, casa Nº 02, parroquia Santa Rita, en jurisdicción del municipio Santa Rita del estado Zulia, debidamente asistida por los Abogados en Ejercicio GLENDAMAR PEROZZI y OMAR SAAVEDRA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 77.152 y 85.953, respectivamente, y OSCAR EDUARDO SOTO FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.965.074, domiciliado en la avenida Intercomunal, Quinta Las Dayanas, casa Nº 382-A, sector Primero de Mayo, parroquia San Benito, en jurisdicción del municipio Lagunillas del estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio MARITZA VELASQUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 38.197, en beneficio de los niños (Se omiten de conformidad a lo establecido en el .....