Se DECRETA La LIBERTAD INMEDIATA, de los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS), por cuanto transcurrió el lapso legal para realizar tal presentación. En consecuencia se Ordena el Egreso de los prenombrados adolescentes desde la sede de este Circuito Judicial Penal. Líbrese lo conducente y Remítanse las presentes actuaciones al Ministerio Público dentro del lapso legal.