DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Sanciona al ciudadano XXXXXXXXXXXXXXXX, ya identificado, a cumplir la medida DE UN (01) AÑO Y DOS (02) MESES, DE LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de en el delito de BENEFICIO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley de protección a la actividad Ganadera, en perjuicio del ciudadano ALBERTO ANTONIO MOYA CENTENO. SEGUNDO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente de esta Sección de Responsabilidad de Adolescentes, una vez vencido el lapso legal, Se mantiene la medida cautelar de la cual goza. Publíquese
LA JUEZ,
ABG. DILIA MENDOZA BELLO
LA SECRETARIA,
ABG. ER.....