Mediante Sentencia Interlocutoria se Decreta conforme al Numeral 1° del Artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano DARWIN RAFAEL BOADA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 16.517.686, nacido el 15-11-1981, domiciliado en la Calle Zamora, Casa N° 13 de la Puente de esta ciudad, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICÓLÓGICA y VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los encabezamientos de los Artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , titular de la cédula de identidad N° 13.916.312. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el cese las Medidas de Protección y Seguridad que hubieren sido decretadas en protección de la víctima, y se acuerda el Cese de toda Medida de Coerción Personal.-