Analizados los hechos alegados por la parte demandante, adminiculados con los fundamentos de Derecho, así como las pruebas promovidas, evacuadas e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por INTERDICTO RESTITUTORIO incoara por el ciudadano FREDDY ALBERTO SERRANO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.201.165, en contra de los ciudadanos JOSE CRISPIN CARRERO RAMÍREZ y MERYDEXSY DEL VALLE ROJAS DE CARRERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.352.157 y V-4.672.585; de conformidad con lo previsto en el artículo 783, 788 y 789 del Código Civil.