Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2, 26, 47, 49, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de lo preceptuado en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara: PRIMERO: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana DIAMARYS NAZARET MARTINEZ BASTARDO, titular de la cédula de identidad N° V-16.373.232, en su carácter de parte accionante, la misma debidamente asistida por el ciudadano VICTOR LUIS VELASQUEZ MALAVE, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 257.992, en contra de la ciudadana MARIA AUXILIADORA ALCALA JORDA.....