Tribunal MIXTO por UNANIMIDAD, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE, al ciudadano : (IDENTIDAD OMITIDA), Venezolano, de 22 años de edad, con 17 años para el momento de los hechos, natural de Maturín Estado Monagas, nació el 22-09-84, soltero, Titular de la cédula de identidad N° : (OMITIDA), , hijo de Jesús Díaz y de Carmen Delgado, (ambos vivos) con domicilio en la Vereda 6, casa 3, calle Doña Menca de León II, por la Avenida de la Ruta de Boquerón, Maturín Estado Monagas, por el del delito de HURTO DE VEHICULO TIPO MOTO, previsto en el artículo 1 en concordancia con el Artículo 2 numeral 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano : (IDENTIDAD OMITIDA), , todo de conformidad con lo previsto en el artículo 602 literales "b" y "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.