Se fundamentó decisión dictada en esta misma fecha, mediante la cual se calificó la flagrancia en la aprehensión del ciudadano RAINIER JOSE MARCANO BRUZUAL, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.707.247, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el Artículo 42 encabezamiento y segundo aparte y AMENAZA previsto y sancionado en el articulo 41 en su encabezamiento y primer aparte de la LOSDMVLV, en perjuicio de las ciudadanas SE OMITE SU IDENTIDAD Y una Adolescente, decretándose medidas de protección y seguridad a favor de las víctimas, medida cautelar sustitutiva en contra del referido ciudadano. Asimismo Se ordena remitir al prenombrado ciudadano, ante el Equipo Interdisciplinario de este Circuito Judicial Especializado, a los fines de que se le practique Expertici a Bio-psico-social- legal, asimismo sea integrado a los programas de orientación, atención y prevención. Se acuerdan las copias solicitadas.-