ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano YONNY RAMOS FIGUEROA, la cual se hará efectiva desde las instalaciones de este Circuito Judicial Penal una cursada como haya sido orden escrita, sin menoscabo a que ulteriormente surjan de la investigación fundados elementos de convicción que verifiquen el hecho punible atribuido por el Ministerio Publico. Así mismo se acuerdan las Medidas de Protección y Seguridad previstas en los ordinales 5 y 6 del articulo 87 de la Ley Especial que rige la materia demandadas por el Órgano Fiscal a favor de la ciudadana; EDILIA ESTEBAN MENESES y en consecuencia se ordena 5.- La prohibición de acercamiento a la víctima en su lugar de estudio, trabajo o residencia, asimismo la 6.- Prohibición que por sí mismo o por interpuestas personas realice actos de acoso o intimidación en contra de la víctima y se acuerda referir al ciudadano YONNI RAMON FIGUEROA R.....