Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la querella funcionarial por Nulidad de Acto Administrativo incoada por el ciudadano PEDRO RAMÓN OLIVEROS FLORES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 4.718.812, actuando en nombre propio y representación e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.887, contra el acto administrativo de fecha 25 de septiembre de 2009, notificado en fecha 02 de Octubre 2009, emanado de la Directora General de la DEFENSA PUBLICA, en la cual dejan sin efecto su designación como Defensor Público Provisorio.
Se ordena la notificación del ciudadano Pedro Ramón Oliveros, y la notificación de la Defensa Pública, y de la Procuraduría .....