DECISIÓN.
En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE NULIDAD cuanto ha lugar en derecho la demanda incoada por el ciudadano PEDRO ANTONIO PEREZ , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.421.544, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ANTONIO ZAPATA , inscrito en el I.P.SA., bajo el N° 129.114, en contra de la providencia administrativa signada con el Nº 00203-2017, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas, contenida en el expediente administrativo signado con el Nº 044-2016-01-01722, que declaró CON LUGAR, la solicitud de Autorización de despido, incoada por la entidad de trabajo INDUSTRIAS BRAVO & CIA , S.A, en contra del la ciudadano PEDRO ANTONIO PEREZ, antes identificado.