DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se evidencia que la detención practicada al adolescente XXXXXXXXXX es legitima, la misma se produjo de manera flagrante tal y como lo contempla el Código Orgánico Procesal Penal. Segundo se evidencia la presunta comisión de un hecho punible el cual es de acción publica y no se encuentra prescrito ya que del Acta Policial de fecha 21-08-2008, suscrita por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Monagas se evidencia que el adolescente de autos tenia en su cuerpo en las partes intimas, una media de color gris con azul la sustancia incautada, manifestándole este a los funcionarios policiales al momento de preguntarle que de quien er.....