DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MARIO RAFAEL ACOSTA, titular de la cédula de identidad número V-5.717.462, a la ciudadana SOCORRO DEL CARMEN RODRÍGUEZ de ACOSTA, titular de la cédula de identidad número V-7.734.904, en su condición de esposa y los ciudadanos MARIO ANTONIO ACOSTA MENDEZ, YADIRA MARGARITA ACOSTA RODRÍGUEZ, JANETH JOSEFINA ACOSTA RODRÍGUEZ, YANELITZA GISELA ACOSTA RODRÍGUEZ, WUILMER RAFAEL ACOSTA RODRÍGUEZ, YALIBETH ROSA ACOSTA RODRÍGUEZ y KARINES ACOSTA NARVAEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-12.372.973, V-11.886.962, V-12.712.957, V-14.084.018, V-17.190.735, V-17.821.521, V-21.045.230, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LO.....