Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECRETA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO definitivo de la causa, a favor de la joven IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, de 17 años de edad, para el momento de los hechos, titular de la cedula de identidad Nº 9 v-26938523, natural de maturín Estado Monagas, con domicilio en calle 7, del silencio de campo alegre ;, por estar presuntamente incurso en el delito de LESIONES LEVES, establecido en el artículo 416 del Código Penal, de conformidad conforme, a los artículos 49 ordinal 8vo, 300 numeral 3º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 en concordancia con el art.....