Se recibió en fecha 06-10-2010, por declinación por competencia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, recayendo en este tribunal dándosele entrada y el curso legal correspondiente, en fecha 13-10-14, realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de Solicitudes, bajo el Nº 0063-14. Habiendo, transcurrido Trescientos cincuenta y siete (357) días de despacho, no se ha producido ningún acto de parte, destinado a impulsar el presente juicio, sin que ninguna de las partes hayan comparecido a darle impulso procesal, por lo que la presente causa tiene más de un (01) año paralizada, sin que la parte accionante haya puesto a la disposición del Alguacil los medios y/o recursos necesarios para lograr la intimación del demandado, el tribunal en fecha 25-04-2017 declara la Perención de la presente causa por concepto de oblig.....