DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARIA ANGELICA SALAZAR MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-12.075.014 y de este domicilio, en contra de la sentencia emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de fecha 14 de Febrero del 2020, en cuanto a la admisibilidad de la tercería, el resto del petitorio (nulidad del desalojo) deberá ser ventilado en el iter procesal. SEGUNDO: Se Declara ADMIS.....