DECLARA: SIN LUGAR la SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR solicitada por la Abogado: ELVIA AGUILERA RODRIGUEZ, Defensora Pública Penal Séptima, en su carácter de Defensora del ciudadanos acusado: JAVIER JOSE MOTA RIOS, y se acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al antes mencionado Acusado. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Librese Boleta de Traslado para el día Lunes 31-07-2006, a las 8:30 horas de la mañana al Internado Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que hagan comparecer al acusado de autos, hasta este Tribunal a objeto de ser impuesto de la presente decisión.