este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSÉ GREGORIO GUERRA ALIENDRE, venezolano, nacido en Caripito Estado Monagas, en fecha 03/02/1965, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad v-8.454.039, hijo Loudes Guerra (F) y de Pedro Marcano (F), profesión o oficio Electricista; residenciado en: Calle Sanz, casa numero 1, Sector La Sabana de Caripito, cerca de la antigua refinería de petróleo de La Sabana, Estado Monagas, Teléfono: 0416-3044475 (propio), Maturín Estado Monagas, conforme a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 93 por cuanto el imputado fue aprehendido dentro del lapso previsto en la Ley Orgánica sobre e.....