Esta Corte de Apelaciones actuando en sede constitucional como Tribunal de Primera Instancia, emitió los siguientes pronunciamientos: 1.-Se declaró competente para conocer la acción. 2.- Declaró inadmisible -a tenor de lo pautado en el art.6.5 de la Ley Orgánica que regula la materia- la acción de amparo, interpuesta por el Abogado Antorio Barreto a favor de su defendido el ciudadano LORENZO JOSE BISTOCHE FERMÍN.- 3. Se acordó no remitir en consulta a la Sala Constitucional del TSJ. este asunto. 4.- Se ordenó notificar esta resolución.