Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal, por la Ciudadana ABG. VIDALINA MARIÑO RUIZ, en su condición de Defensora Privada del imputado YORFRAN JOSE ALEMAN MARCANO, mediante el cual interpuso formal Recurso de Apelación en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal N° NP01-P-2008-003661, mediante el cual ese Tribunal NEGÓ la solicitud realizada por la Defensa de concederle Libertad Inmediata, al ciudadano antes referido, y otorgó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, con fundamento en lo previsto en los artículos 244 y 253 ambos del Código Orgánico Procesal Penal