Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIMERO: SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, Ordinal 1 del Código orgánico Procesal penal, en la presente causa donde aparece como imputado el ciudadano: ELIAS DAVID BOSCAN CUPAMO, titular de la cédula de identidad Nº 19.017.995, Nacionalidad Venezolano, Nacido en fecha 24./07/1987, edad: 23 años de edad, Profesión u oficio: Estudiante, Hijo de Rosaura Upamo (V) y de Ricardo Buscan (V), Domiciliado en: Parari adentro calle principal casa numero 77 diagonal a la iglesia dios es Luz, quien es de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro., V-15.279.060, por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizo o no puede atribuirse al imputado.....