DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de ALFREDO BLANCO MARIN, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.372.760 y JAVIER ANTONIO MARTINEZ, Titular de la Cédula de identidad Nro. 13.392.942, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4to. del Código Penal Vigente para la época, en perjuicio de COLLINS RODRIGUEZ LEOPOLDO RAMIRO, conforme el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 8 del artículo 48 ejusdem y con el numeral 4º del artículo 108 del Código Penal, y 110 ibidem; por encontrarse evidentemente prescrita la acción penal. En ese sentido se ordena excluir del sistema de información policial a dichos imputados, una vez.....