Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público contra los acusados CARLOS ENRIQUE MONTENEGRO URDANETA y CARLOS EDUARDO VELASQUEZ GASPAR, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENDO DE ARMA DE FUEGO, Previsto y sancionado en el articulo 277, del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En relacion al ciudadano WILMER DAVID SUAREZ GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 74, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, ya que el mismo no comparece ante este Tribunal a dar cumplimiento con las citaciones realizadas para la celebración de la presente audiencia, aunado a que se obtuvo información por parte de la fiscal del Ministerio Público que el ciudadano se encuentra recluido en las instalaciones del Internado de Yare.