Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte del Fiscal del Ministerio Público contra JOSE JULIAN CORONADO SEIJAS, por la presunta comisión del los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y USO INDEBIDO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado 405, en concordancia con el segundo aparte del 80 y 274 del Código Penal y FREDDY ORLANDO ORTEGA VILORIA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal.