Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano MOISES JOSUE BOLIVAR RINCONES, de nacionalidad Venezolano, Natural de Maturín, Estado Monagas, de diecinueve (21) años de edad, por haber nacido en fecha 23 de Marzo del 1992, titular de la cedula de identidad No. V-26.362.237, soltero de profesión u oficio Obrero, hijo de ELENA RINCON y de padre JESUS BOLIVAR, residenciado en la Calle 6, Casa sin número, del Sector El Nazareno, Maturín, Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO (CON ALEVOSIA) EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 83 ejusden en perjuicio del ciudadano RUBEN ERNESTO MARTINEZ GOMEZ (OOCISO)..