Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, DECLARA: Primero: CONDENA al acusado: LUIS JUVENAL RONDON ASTUDILLO, venezolano, natural de Aragua de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 27 de Octubre de 1968, de 47 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de Carmen Luisa Astudillo (V) y de Humberto Rondon (v), titular de la cédula de Identidad número V-10.833.552, domiciliado en: Sector sucre calle principal casa n 26, teléfono: 0424-971-2675.; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, mas las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, por la comisión del Delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Có.....