Ahora bien, en base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal Primero de primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley Declara: CONDENA al ciudadano JEAN CARLOS NAVARRO VERA, de nacionalidad venezolana, natural Barrancas Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.403.853, fecha de nacimiento 16/07/1983, de 26 años de edad, Estado Civil soltero, hijo de Jesús Navarro (V) y Carmen Vera (V), domiciliado Chaguaramas II, Calle Principal, Casa S/N, frente de Servicios Públicos Chaguaramas Estado Monagas, a cumplir la pena de UN(01) AÑO DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, en su ordinal 1°, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Cont.....