Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, DECLARA: Primero: CONDENA al acusado LUIS ENRIQUE TORRES de profesión u oficio vendedor de empanadas, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.826.264 y domiciliado en Av. Vía el Pao, invasión, rancho numero 3, frente al Lloví Hotel, San Félix Estado Bolívar; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente venezolano, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN CANTIDADES MENORES previsto y sancionado en el Primer aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, por haberse acogido al procedimiento especial para la admi.....