Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 313 cardinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal 3 del Ministerio Público, en contra del ciudadano ahora acusado ciudadano LUIS LORENZO ZAPATA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 23.806.664, Venezolano, natural de Cumana Estado Sucre, hijo de DESII HERNANDEZ (V) y de LUIS FELIPE ZAPATA (v), Profesión u Oficio: Obrero, nacido en fecha 05-04-1992, de 20 años de edad, Estado Civil: Soltero, domiciliado en: LA MURALLITA, CALLE NRO 1, CASA NRO 35, CERCA DE LA PLAZOLETA, DETRÁS DEL TERMINAL, Maturín Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de ROSARIO RODRIGUEZ.