En Audiencia Especial realizada por este Tribunal en esta misma fecha 08/10/2007, este Tribunal decretó el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en concordancia con el contenido de los Artículos 48 Ordinal 8° y 318 Ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.